Protocolos de portería
Para que portería funcione correctamente se han determinado los siguientes scripts o protocolos para llevar a cabo un correcto desempeño, cuidando el cumplimiento del reglamento y las normas básicas de convivencia. Éstos están basados en los siguientes ejes:
Accesos
Protocolos para el control de accesos de visitas, proveedores y otros.
Estacionamientos
Protocolos para el cuidado y designación de estacionamientos.
Encomiendas
Protocolos para la recepción de encomiendas.
Perímetros
Cuidado de condominio en turnos de noche.
Mudanzas
Protocolo para el desarrollo de mudanzas
Detalle de protocolos.
A continuación encontrará el script principal para cada eje. Haga clic en el de su interés para desplegar su información.
El condominio cuenta con acceso a internet en portería proporcionado por MUNDO (VER COMUNICADO). Gracias a esto pudimos ampliar la cobertura de Edipro, en donde el conserje puede ingresar las visitas al condominio. Para el control de visitas el guardia debe realizar el siguiente procedimiento:
- Solicitar documento de identidad.
- Verificar que la visita está anunciada.
- Si la visita no está anunciada, el conserje debe llamar al número registrado.
- Si el número del residente NO ESTÁ REGISTRADO, el mismo residente deberá bajar a buscar a su visita.
- Con todo lo anterior verificado, la visita podrá ingresar. El guardia deberá asignar un estacionamiento si fuese necesario, indicando el tiempo máximo que puede utilizar el estacionamiento.
IMPORTANTE: SI SU VISITA VA 3 VECES AL CONDOMINIO EN UN MISMO DÍA, LAS 3 VECES SE DEBE REGISTRAR. Edipro le permite al residente no admitir visitas o crear listas negras. Revise su aplicación para poder aprovechar al máximo esta funcionalidad.
IMPORTANTE: por un tema asociado a costos, no es posible mantener a un reemplazo para quien esté en horario de colación durante la noche y los domingo. En base a lo mismo, es importante destacar que el nochero cumple horario de colación durante una hora y, por motivos de seguridad, no puede ser horario fijo. Es por esto que se recomienda utilizar los recursos disponibles para apertura remota. Actualmente se dispone de control remoto, cuya compra es voluntaria y estamos en proceso de generar nuevos sistemas, bajo previa evaluación del Comité de Administración.
Los estacionamientos de visita pueden ser utilizados por un máximo de cinco horas, por disposición del Comité de Administración. Esto aplica para un período móvil de 24 horas, es decir, SI HOY A LAS 16:00 HORAS ingresó una visita, podrá utilizar el estacionamiento de visitas hasta las 21:00 horas Y NO PODRÁ VOLVER HASTA LAS 16:00 HORAS DEL DÍA SIGUIENTE.
Los copropietarios pueden arrendar sus estacionamientos a visitas, bajo previo aviso a portería por parte del propietario de este, indicando el tiempo que permanecerán en el condominio. Es importante destacar que NO SE DEBEN ARRENDAR ESTACIONAMIENTOS A PERSONAS QUE NO SEAN VISITAS Y NO VIVAN EN EL CONDOMINIO. El incumplimiento de esta disposición facultará al Comité a cursar la multa correspondiente por vulnerar la seguridad del condominio.
En los casos que exista un vehículo mal estacionado, ya sea utilizando estacionamiento ajeno o el de visitas por más tiempo del autorizado, el protocolo a seguir del guardia de turno es el siguiente:
- Se instalará un dispositivo traba-ruedas en el vehículo infractor.
- En paralelo, se pondrá en el parabrisas un aviso de que se instaló el dispositivo, indicando que el infractor se debe acercar a portería a solicitar su destrabe.
- En el momento que el infractor solicita el destrabe, este deberá firmar una notificación preimpresa en portería. Si el infractor es visita, el propietario o arrendatario de la unidad deberá solicitar el destrabe y firmar el documento.
- Posterior a ello, el portero elevará un reporte mediante EDIPRO a la administración informando el hecho, en donde se determinará la sanción correspondiente.
Las siguientes imágenes corresponden al aviso que se instala en el vehículo y la notificación a entregar en el momento del destrabe del mismo, respectivamente.
No se permitirá dejar encomiendas en portería cuyo volumen supere un volumen de 75 litros. Asimismo, no se permitirá la recepción de alimentos, llaves, fármacos/drogas ni elementos peligrosos. El procedimiento para la recepción de encomiendas es el siguiente:
- Se verificará que el receptor esté inscrito en Edipro. Si no está inscrito NO RECIBIRÁ LA ENCOMIENDA (importante: por disposiciones legales, es obligatorio el registro de TODOS los residentes. Puede hacerlo en la sección TRÁMITES de este portal).
- Se procederá con el registro de la encomienda. Edipro enviará una notificación al receptor.
- Si el receptor no puede recibir la encomienda, deberá enviar un mensaje por escrito vía WhatsApp a portería indicando quién retirará la encomienda.
- Al momento de recibir la encomienda, el usuario debe verificar que el portero haya marcado la encomienda como ENTREGADA y el residente deberá firmar el libro de correspondencia.
El guardia nocturno deberá realizar al menos tres rondas por el perímetro del condominio. Dichas rondas no tendrán una duración mayor a diez minutos. En cada ronda el guardia revisará los siguientes elementos:
- Cierres perimetrales sin alteraciones.
- Luces de las escaleras en correcto estado de funcionamiento (no será necesario subir por los edificios).
- Verificar que portón auxiliar esté completamente cerrado y sin evidencia de intentos de apertura forzados.
- Notificación previa: El residente que ingresa o sale del condominio debe avisar a la administración sobre la mudanza con al menos una semana de anticipación, mediante correo electrónico. Debe adjuntar la autorización del propietario para su salida.
- Responsabilidad de deudas: El administrador no se responsabiliza por las deudas de gastos comunes u otras obligaciones de la unidad; siempre es el propietario quien asume esta responsabilidad.
- Retiro de enseres: En el caso de que se retiren enseres de la unidad, el residente saliente debe presentar una autorización, la cual puede ser un salvoconducto notarial.
- Falta de autorización: Si no se presenta la autorización para el retiro de enseres, el conserje deberá contactar a Carabineros para reportar el movimiento sin permiso, ya que podría tratarse de un robo. Además, el conserje debe registrar el incidente en el libro de novedades.
- Limitaciones del conserje: El conserje no tiene la facultad de retener al residente que realiza el retiro de enseres, incluso si no cuenta con la autorización, ya que podría interpretarse como un acto de secuestro.